NUEVAS AYUDAS PARA EL ALQUILER DE VIVIENDAS
El Gobierno da por finalizada la renta básica de emancipación, ya desde finales del 2011 ha ido recortando dicha ayuda, ahora llegan las nuevas ayudas al alquiler. Ya son efectivas según la orden que se ha publicado en el BOE el pasado 12 de Diciembre. La orden del Ministerio de Fomento “determina la efectividad de las líneas de ayuda del Plan Estatal de fomento del alquiler de viviendas, la rehabilitación edificatoria y la regeneración y renovación urbanas 2013-2016”. El Real Decreto que regula las ayudas al alquiler se publicó en el BOE en abril del año 2013.
Desde Buscahorro os hemos resumido el nuevo plan con cinco preguntas y sus correspondientes respuestas.
¿Cuál será la cuantía de las ayudas al alquiler?
A diferencia del régimen que había existido hasta ahora, se concederá a los beneficiarios una ayuda de hasta el 40% de la renta anual que paga el inquilino por el alquiler de su vivienda habitual y permanente, con un límite máximo de 2.400 euros anuales por vivienda.
Otra de las novedades según la nueva reforma fiscal en lo que afecta a la deducción por alquiler de vivienda habitual, que desaparecerá para los alquileres que se firmen a partir de 2015. Actualmente, esta medida beneficia a más de 870.000 personas y supone un coste de 185 millones para el Estado, con una deducción media de 212 euros.
¿Cuándo se ingresará la ayuda?
La ayuda será ingresada en la cuenta corriente de los beneficiarios mensualmente, en cantidades proporcionales resultantes de dividir la cantidad total entre los doce meses.
¿Cuánto duran las ayudas?
El plazo desde que se concede es de 12 meses prorrogables hasta 2016, año en el que finaliza el Plan Estatal.
¿Quiénes pueden solicitar la ayuda al alquiler?
Estas ayudas al alquiler las podrán solicitar personas físicas mayores de edad, con un contrato de alquiler o que deseen acceder a uno. En este segundo caso, el contrato deberá aportarse en el plazo de 30 días desde la resolución de concesión de la ayuda, que quedará condicionada a su aportación.
El límite se fija en unos ingresos inferior a 3 veces el IPREM (IndicadorPúblico de Renta de Efectos Múltiples), que será modulable según el número de miembros y composición de la unidad de convivencia. Se considera unidad de convivencia al conjunto de personas que habitan en una vivienda de manera habitual y permanente, independientemente de la relación entre ellas y tanto si aparecen como si no en el contrato de alquiler.
¿Cómo y dónde se solicitan las ayudas?
En los últimos meses, cada Comunidad Autónoma ha ido planificando su propio desarrollo del Plan Estatal. Una vez que se han hecho efectivas las ayudas, las convocatorias concretas las irá publicando cada comunidad autónoma
Cada Comunidad, eso sí, cuenta con un presupuesto limitado y fijado a nivel estatal. La Conferencia Sectorial de Urbanismo, Vivienda y Suelo celebrada el 22 de julio de 2013 determinó los porcentajes de reparto de los recursos disponibles para subvenciones.
Descárgate el Real Decreto que regula las ayudas al alquiler se publicó en el BOE en abril del año 2013
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